La Naturalizacion:
Los extranjeros pueden adquirir la nacionalidad Dominicana, mas no podran postularse a la Presidencia
y/o Vice Presidencia Nacional de los Poderes del Estado Dominicano, y aquellos que hayan adquirido la
nacionalidad, no podran ser obligados a tomar armas en contra de su nacion de origen.
Articulo 19 Constitucion Dominicana
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